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Punto por punto, qué dice el DNU que flexibiliza las restricciones

El Poder Ejecutivo difundió las medidas preventivas que se establecerán hasta al menos el 31 de diciembre.

Luego de más de un año y medio de restricciones, en algunos momentos más estrictas y en otros con cierta flexibilización, a partir de este viernes volverán a autorizarse diferentes actividades que hasta el momento permanecían limitadas, como los boliches y los viajes de egresados y de jubilados, entre otros. Así quedó confirmado con la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 678/2021.

De esta manera, por ejemplo, los jóvenes que cuenten con el esquema de vacunación completo podrán regresar a las discotecas, que estarán habilitadas para funcionar nuevamente con un aforo máximo del 50 por ciento y haciendo respetar el uso del barbijo y las otras medidas de prevención vigentes.

En el documento firmado el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y todos los ministro nacionales, se informó sobre todas las flexibilizaciones que se implementarán, entre las cuales está el cambio de protocolo en el uso del barbijo al aire libre o, por ejemplo, la apertura de las discotecas.

Estos establecimientos podrán recibir al público aunque sean lugares cerrados, pero hasta alcanzar el 50 por ciento de su capacidad y siempre solicitando a quienes concurran un comprobante del esquema completo de vacunación, con al menos 14 días antes.

En el caso de los salones de fiestas, en tanto, alternativamente al esquema de vacunación, las autoridades del local podrán solicitar un test diagnóstico negativo realizado con una antelación no mayor a 48 horas.

Por otra parte, los eventos masivos de más de mil personas en espacios cerrados también podrán utilizar, como máximo, el 50 por ciento de la capacidad autorizada y deberán requerir el esquema de vacunación completo o al menos una dosis de vacuna más test diagnóstico negativo. En cambio, si se realiza al aire libre, deberán pedirles a las personas concurrentes mayores 18 años que cuenten con al menos una dosis de vacuna aplicada.

Por otra parte, en el Decreto se aclaró que “los gobernadores y las gobernadoras de las provincias y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias, podrán establecer medidas sanitarias temporarias y focalizadas adicionales” a las ya mencionadas para los boliches y salones de fiesta que se encuentren bajo su jurisdicción, “con la finalidad de contener los contagios por COVID-19, o para disminuir el riesgo de transmisión, previa conformidad de la autoridad sanitaria” local.

Otra de las flexibilizaciones que estarán vigentes desde este viernes es que se establece la presencialidad en el trabajo para los empleados de todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la Administración Pública Nacional.

Solamente quedarán exceptuadas las personas con inmunodeficiencias: congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave, VIH dependiendo del status y personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis.

También podrán continuar con la virtualidad los pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.

Además, se mantiene hasta el 31 de octubre la prohibición de ingreso a la Argentina, excepto para los viajeros de países limítrofes, que ya pueden hacer turismo en la Argentina, “siempre que cumplan con las indicaciones, recomendaciones y requisitos sanitarios y migratorios para el ingreso y permanencia en el país establecidos o que se establezcan en el futuro”.

Asimismo, se anunció que a partir del próximo 1° de noviembre se restablecerá el ingreso al territorio nacional de los extranjeros del resto del mundo, siempre que cumplan con los requisitos ya mencionados y que entren por los corredores seguros aéreos, marítimos, fluviales y terrestres que determinen las autoridades nacionales.

Además, hasta que llegue esa fecha, la Dirección Nacional de Migraciones podrá autorizar el tránsito vecinal fronterizo cuando se verifiquen las condiciones epidemiológicas y los requisitos que la autoridad sanitaria nacional considere necesarios.

En cuanto a los viajes grupales de jubilados, egresados, de estudiantes o similares, se precisó que los mismo deberán contar con autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia. Asimismo, todas las personas integrantes del contingente deberán contar con un test de antígeno negativo al embarcar y al regreso deberán someterse a otro similar antes del abordaje del transporte.

En caso de resultar positivo alguno de estas pruebas, se coordinará con las autoridades locales para el aislamiento de los infectados y sus contactos estrechos. Sumado a esto, quienes no cuenten con esquema completo de vacunación 14 días previos al inicio del viaje, deberán realizar un aislamiento de siete días y, por su cuenta, un nuevo testeo.

El control del cumplimiento de todas estas medidas estará a cargo de la empresa que organice la excursión.

Las nuevas medidas habían sido adelantadas por el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti, en una conferencia de prensa que ofrecieron el martes de la semana pasada en la Casa de Gobierno, cuando anunciaron que finalizaría una serie de restricciones establecidas por la pandemia de coronavirus, fundamentalmente por la mejora de la situación sanitaria y el avance del plan de vacunación en el país.

En ese marco, los funcionarios avisaron que se levantaría la obligatoriedad del uso de tapaboca al aire libre, la habilitación de reuniones sin tope máximo de personas, la vuelta del público a los estadios de fútbol con un aforo del 50 por ciento, y la apertura gradual y cuidada de fronteras.

Como medidas generales a todas las actividades habilitadas, el Gobierno aclaró en el Decreto que sigue vigente la necesidad de mantener la distancia social de al menos dos metros entre las personas y el uso de tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos, aunque ratificó que ya no será necesario cuando se circule al aire libre y sin nadie alrededor.

De igual forma, para reducir la circulación del coronavirus se continúa recomendando ventilar los ambientes en forma adecuada y constante e higienizarse las manos frecuentemente.

Finalmente, las autoridades nacionales remarcaron que todos los sectores deberán cumplir con los protocolos y las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias nacional, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el caso de CABA, el ministro de Salud porteño Fernán Quirós ratificó que “todavía” no adherirá a las aperturas de Nación.

Entre los considerandos del Decreto, el Gobierno destacó que “el inmenso trabajo de fortalecimiento del sistema de salud realizado desde marzo de 2020 y que continúa en la actualidad ha generado mejores condiciones para la atención de cada persona que la ha requerido”.

Además, se detalló que “a nivel regional, y particularmente en países limítrofes, se observa una disminución sostenida del número de casos y de personas fallecidas” por coronavirus.

Por este motivo, y teniendo en cuenta “la situación epidemiológica regional es a la fecha favorable”, consideraron que “corresponde el dictado del presente Decreto, que regirá hasta el día 31 de diciembre de 2021, inclusive”.

Decreto 678/2021

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