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El precio de los lácteos se congelará por 30 días

El Gobierno nacional estableció un régimen especial de compensación para los comercios que efectúen ventas de alimentos lácteos con el fin de generar un efecto favorable en los precios destinados a la población y se mantengan en la góndola.

Así lo dispuso a través del Decreto 418/2020 publicado este jueves en el Boletín Oficial. El documento lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete Santiago Cafiero, y de los ministros de Economía, Martín Guzmán, y de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.

En el marco de la “emergencia alimentaria”, el texto hace mención a que la cartera de Desarrollo Productivo está facultada para intervenir en mercados de producción en los casos que “su funcionamiento perjudique la lealtad comercial, el bienestar de los usuarios y consumidores y el normal desenvolvimiento de la economía de acuerdo a los objetivos del desarrollo productivo nacional”.

La normativa consiste en que, para las ventas de los alimentos lácteos que se encuentren gravadas por el Impuesto al Valor Agregado (IVA), será equivalente al porcentaje que determine el Ministerio de Desarrollo Productivo. Del importe del crédito fiscal que resulte computable para el vendedor en los términos del artículo 12 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.

En tanto, para las ventas de los alimentos lácteos en supermercados que se encuentren exentas del IVA, será equivalente al impuesto de este tipo que se le haya facturado al beneficiario de esta compensación, por las adquisiciones de los referidos alimentos que haya destinado a esas mismas ventas. En este caso, el monto de la compensación no podrá ser superior al que surja de aplicar al precio neto de las ventas comprendidas en este inciso, en cada mes, determinado.

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