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Qué pasaría con los alquileres, las prepagas y el comercio si cae el DNU 70

Qué pasaría con los alquileres, las prepagas y el comercio si cae el DNU 70

La posibilidad de que el Congreso derogue el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, una de las principales herramientas de desregulación económica impulsadas por el presidente Javier Milei, abre un escenario de incertidumbre jurídica y económica. El impacto más significativo podría concentrarse en los alquileres, las empresas de medicina prepaga y el comercio exterior, aunque también alcanzaría a los contratos en dólares, las tarjetas de crédito y distintos sectores productivos.

Un informe elaborado por Zentrix Consultora, actualizado al 6 de octubre de 2026, analiza las consecuencias de un eventual rechazo del decreto por parte de la Cámara de Diputados, luego de que el Senado votara en contra el 14 de marzo de 2024. La oposición convocó a una sesión para el próximo 15 de octubre, fecha que el estudio utiliza como supuesto para evaluar los efectos de una derogación.

La principal advertencia del trabajo es que el rechazo del DNU no implicaría la restitución automática de las leyes que fueron derogadas o modificadas en diciembre de 2023. Esta situación podría generar un período de indefinición normativa hasta que el Congreso establezca un nuevo marco regulatorio o la Justicia resuelva los conflictos que se presenten.

Por qué la derogación no significa volver a las leyes anteriores

La Ley 26.122 establece que el rechazo de un decreto de necesidad y urgencia por ambas cámaras del Congreso implica su derogación, pero preserva los derechos adquiridos durante su vigencia. Esto significa que los actos y contratos celebrados bajo el DNU no pierden automáticamente su validez.

El problema, según Zentrix, aparece con las disposiciones que el decreto eliminó o reemplazó. La legislación vigente no determina expresamente que esas normas recuperen su vigencia cuando desaparece la disposición que las derogó. Por ese motivo, la eventual recuperación de los regímenes anteriores podría quedar sometida a interpretaciones judiciales, salvo que el Congreso sancione una ley que ordene la transición.

El estudio advierte que esta situación tendría consecuencias concretas sobre las decisiones de hogares y empresas. Desde la firma de un contrato de alquiler hasta la planificación de una exportación podrían quedar condicionadas por la incertidumbre sobre las reglas aplicables.

Qué pasaría con los alquileres, las prepagas y el comercio si cae el DNU 70

Alquileres con posibles cambios en los contratos nuevos

Uno de los sectores más sensibles sería el mercado inmobiliario. El DNU 70/2023 derogó la Ley 27.551 y modificó disposiciones del Código Civil y Comercial, permitiendo que propietarios e inquilinos acuerden libremente la duración del contrato, la moneda de pago y los mecanismos de actualización del alquiler.

Si se restableciera el régimen previo, los nuevos contratos podrían volver a estar sujetos a un plazo mínimo de tres años y a mecanismos de actualización establecidos legalmente. Sin embargo, Zentrix aclara que ese retorno no está garantizado y depende de cómo se resuelva la cuestión jurídica.

Desde el punto de vista económico, la consultora considera que una mayor regulación podría otorgar previsibilidad a los inquilinos, aunque también generar una reducción de la oferta formal, incrementos en los precios iniciales y un desplazamiento de propiedades hacia alquileres temporarios.

El informe toma como referencia la experiencia argentina entre 2020 y 2023, cuando se registraron restricciones en la oferta inmobiliaria. No obstante, se trata de una proyección cualitativa y no de una estimación sobre cuánto podrían aumentar los precios.

Los contratos firmados durante la vigencia del DNU conservarían, en principio, las condiciones pactadas, por lo que podrían convivir distintas modalidades contractuales dentro del mismo mercado.

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Las prepagas podrían volver a tener aumentos regulados

La medicina privada constituye otro de los sectores donde Zentrix identifica un impacto elevado. El decreto eliminó la autorización estatal previa para los incrementos de las cuotas y permitió una mayor libertad para que las empresas definieran sus precios.

Una eventual recuperación del régimen anterior podría significar el regreso de controles oficiales sobre los aumentos de las empresas de medicina prepaga. Para los afiliados, esto representaría una mayor previsibilidad sobre el costo mensual de la cobertura.

Sin embargo, la consultora advierte que mantener aumentos por debajo de la evolución de los costos sanitarios podría provocar efectos sobre las prestaciones. Entre los riesgos mencionados figuran la reducción de cartillas médicas, mayores copagos, demoras en la atención y dificultades financieras para clínicas y sanatorios.

También podría modificarse el sistema que permite a los trabajadores derivar directamente sus aportes hacia empresas de medicina privada. Según el análisis, los traspasos ya realizados deberían preservarse, mientras que nuevas operaciones podrían enfrentar restricciones si desaparece la base legal que las habilita.

El eventual cambio también podría fortalecer nuevamente el papel de las obras sociales sindicales, que recuperarían parte de los aportes y afiliados actualmente dirigidos hacia otros prestadores.

Exportaciones e importaciones bajo nuevas reglas

El comercio exterior aparece como el tercer sector de mayor exposición. El DNU estableció que las prohibiciones o restricciones económicas a las exportaciones e importaciones deben disponerse mediante una ley del Congreso, limitando las facultades del Poder Ejecutivo.

Si se recuperara la legislación anterior, el Gobierno nacional podría volver a disponer determinadas restricciones comerciales mediante decretos. El informe menciona como antecedente las medidas aplicadas sobre las exportaciones de carne durante 2021.

Para los sectores agroindustriales, la posibilidad de nuevas limitaciones representa un factor de incertidumbre sobre inversiones, producción y compromisos comerciales. La sola expectativa de restricciones podría influir en las decisiones empresariales, incluso antes de que se adopte alguna medida concreta.

El documento también examina las modificaciones introducidas por el DNU en los procedimientos aduaneros. La eventual recuperación de registros obligatorios, mayores requisitos administrativos y restricciones para liberar mercadería ante controversias podría incrementar los costos logísticos.

Estas consecuencias tendrían especial relevancia para pequeñas y medianas empresas que participan del comercio internacional y cuentan con menor capacidad financiera para afrontar demoras o exigencias adicionales.

Qué ocurriría con los contratos pactados en dólares

Otro punto relevante está relacionado con las obligaciones en moneda extranjera. El DNU modificó los artículos 765 y 766 del Código Civil y Comercial, estableciendo que las deudas pactadas en una moneda determinada deben cancelarse mediante la entrega de esa misma moneda.

Si recuperara vigencia la redacción anterior, podría reabrirse la posibilidad de cancelar determinadas obligaciones en dólares mediante la entrega de su equivalente en pesos.

Según Zentrix, este cambio aumentaría el riesgo para quienes ofrecen financiamiento privado en moneda extranjera. Las consecuencias previstas incluyen mayores tasas, exigencias adicionales de garantías y una reducción de la disponibilidad crediticia.

El fenómeno podría afectar especialmente a operaciones inmobiliarias, compras de maquinaria agrícola, bienes de capital y contratos comerciales, donde el dólar suele utilizarse como referencia para compromisos de largo plazo.

Tarjetas, supermercados y producción nacional

La eventual derogación también podría tener efectos sobre otros mercados, aunque con una intensidad menor que en alquileres, salud y comercio exterior.

En las tarjetas de crédito, la recuperación de los límites legales a los aranceles cobrados a los comercios reduciría los costos de aceptación para los establecimientos. No obstante, Zentrix considera posible que las entidades emisoras compensen esa reducción mediante otras comisiones o cargos a los usuarios.

Para las pequeñas empresas proveedoras de supermercados, el eventual retorno de la Ley de Góndolas podría restablecer espacios de exhibición reservados para pymes, cooperativas y productores de la agricultura familiar.

Por otra parte, el régimen de Compre Argentino podría recuperar disposiciones que establecen preferencias para proveedores nacionales en las contrataciones públicas. Esto beneficiaría a sectores industriales, aunque también podría elevar el costo de determinadas compras del Estado.

El informe incluye además consecuencias sobre el mercado automotor, la industria yerbatera, las farmacias, los servicios de telecomunicaciones y el transporte aerocomercial. En todos estos casos, los efectos dependerían de qué disposiciones recuperen efectivamente vigencia y de la continuidad de las regulaciones posteriores.

La reforma laboral y las privatizaciones no volverían atrás

Uno de los aspectos centrales del estudio es que una eventual derogación no eliminaría automáticamente las reformas laborales ni revertiría los procesos de privatización impulsados durante la gestión de Javier Milei.

El capítulo laboral del DNU fue suspendido judicialmente en enero de 2024 y posteriormente se sancionaron normas que establecieron un marco regulatorio independiente, entre ellas la Ley Bases 27.742 y la Ley 27.802 de Modernización Laboral.

Por ese motivo, Zentrix sostiene que el rechazo del decreto no modificaría las actuales disposiciones sobre indemnizaciones, períodos de prueba y otros componentes del régimen laboral establecidos mediante leyes posteriores.

Una situación semejante se presenta con las privatizaciones y las reformas de los sectores energético e hidrocarburífero, que cuentan con respaldo legislativo propio.

El mayor riesgo sería la incertidumbre jurídica

La conclusión de Zentrix es que una derogación del DNU 70/2023 no provocaría, por sí misma, un cambio general del régimen económico argentino, dado que no alteraría directamente la política monetaria, cambiaria, tributaria ni el marco laboral vigente.

Sin embargo, sus consecuencias sectoriales podrían ser significativas. Los hogares quedarían expuestos a modificaciones en dos gastos esenciales, como la vivienda y la cobertura médica, mientras que las empresas enfrentarían posibles cambios en las condiciones de contratación, financiamiento y comercio internacional.

El estudio también señala una consecuencia institucional: el eventual rechazo reforzaría el control parlamentario sobre los decretos de necesidad y urgencia, pero obligaría al Congreso a asumir la responsabilidad de definir las reglas posteriores.

Para reducir los costos de transición, la consultora plantea la necesidad de una legislación que precise qué normas recuperan vigencia, cómo se preservan los contratos existentes y cuáles serán las condiciones para nuevas operaciones.

En definitiva, la discusión no se limitaría a determinar si el DNU continúa vigente, sino a establecer qué legislación organizará la actividad económica después de su eventual derogación. Sin definiciones claras, advierte el informe, podrían multiplicarse los conflictos judiciales, postergarse inversiones y prolongarse la incertidumbre para consumidores, trabajadores y empresas.

Informe Completo

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