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Villa Cañás: Nuevas actividades exceptuadas del aislamiento

El presidente de la Nación, Alberto Fernández, firmó hoy el Decreto de Necesidad y Urgencia (DECNU) 355-2020 por el cual se prorroga el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 26 de abril inclusive y a través del DECAD 490-2020 amplía el listado de actividades y servicios exceptuados. Según la nueva disposición, las actividades habilitadas serán las siguientes y las mismas deberán adecuarse a los horarios y modalidades establecidos por la Municipalidad de Villa Cañás.

CIRCULACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y AQUELLAS COMPRENDIDAS EN EL COLECTIVO DE TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente, EN EL HORARIO DE 8 A 15. En tales casos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar:

  • Sus respectivos Documentos Nacionales de Identidad
  • El Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital.

PRESTACIONES PROFESIONALES A DOMICILIO DESTINADAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y AQUELLAS COMPRENDIDAS EN EL COLECTIVO DE TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA, en el HORARIO DE 8 a 15. Los profesionales deberán portar:

  • Copia del Documento Nacional de Identidad de la persona bajo tratamiento.
  • Certificado Único de Discapacidad, o la prescripción médica correspondiente con los requisitos previstos en el inciso anterior.

ACTIVIDAD BANCARIA con atención al público, exclusivamente CON SISTEMA DE TURNOS. El BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA establecerá los términos y condiciones en los cuales se realizará la actividad bancaria.

TALLERES PARA MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE AUTOMOTORES, MOTOCICLETAS Y BICICLETAS, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal CON AUTORIZACIÓN PARA CIRCULAR, en el horario de 8 a 15. Solo se permitirá la presencia de dos operarios, quienes deberán estar equipados con los elementos de bioseguridad correspondientes (Barbijo y máscara o antiparras). Deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación a través de la página web www.tramitesadistancia.gob.ar

VENTA DE REPUESTOS, PARTES Y PIEZAS PARA AUTOMOTORES, MOTOCICLETAS Y BICICLETAS únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta, en el horario de 8 a 15. En ningún caso podrán realizar atención al público. Sólo se permitirá la afectación de dos personas, quienes deberán estar equipados con los elementos de bioseguridad correspondientes (Barbijo y máscara o antiparras). Deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación a través de la página web www.tramitesadistancia.gob.ar

FABRICACIÓN DE NEUMÁTICOS; VENTA Y REPARACIÓN de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal CON AUTORIZACIÓN PARA CIRCULAR, en el horario de 8 a 15. Solo se permitirá la presencia de dos operarios, quienes deberán estar equipados con los elementos de bioseguridad correspondientes (Barbijo y máscara o antiparras). Deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación a través de la página web www.tramitesadistancia.gob.ar

VENTA DE ARTÍCULOS DE LIBRERÍA E INSUMOS INFORMÁTICOS, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio, en el horario de 8 a 15. En ningún caso se podrá realizar atención al público. Sólo se permitirá la afectación de dos personas, quienes deberán estar equipados con los elementos de bioseguridad correspondientes (Barbijo y máscara o antiparras). Deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación a través de la página web www.tramitesadistancia.gob.ar

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