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Medicamentos de Venta Libre podrán exhibirse en góndolas de Farmacias

Medicamentos de Venta Libre podrán exhibirse en góndolas de Farmacias

El Gobierno ha establecido nuevos lineamientos para la compra y exhibición de medicamentos de venta libre mediante el Decreto 1024/2024, publicado hoy en el Boletín Oficial.

Este decreto permite que los medicamentos de venta libre sean exhibidos en las góndolas de las farmacias, siempre que conserven inalteradas sus propiedades fisicoquímicas y que el público pueda acceder a ellos directamente, sin intermediarios. La medida fue firmada por el presidente Javier Milei, el ministro de Salud Mario Lugones y el jefe de Gabinete Guillermo Francos.

Los medicamentos de venta libre tienen nuevas condiciones de compra dispuestas en el Boletín Oficial (Imagen Ilustrativa)

El decreto modifica el artículo 1° de la Reglamentación de la Ley N° 17.565, aprobada en 1968, estableciendo que los medicamentos de venta libre deben ser ofrecidos en caja cerrada, con su respectivo prospecto y exclusivamente a personas mayores de 18 años. Además, estipula que las góndolas deben estar correctamente señalizadas y que la edad del comprador debe ser verificada mediante el Documento Nacional de Identidad al momento del pago.

Para los establecimientos no habilitados como farmacias, la comercialización de medicamentos de venta libre estará limitada a antiácidos y analgésicos, aunque la Autoridad de Aplicación podrá ampliar este listado.

La ANMAT, organismo descentralizado del Ministerio de Salud, intervino en la elaboración del decreto. Este también permite que las farmacias vendan y entreguen medicamentos recetados a través de canales electrónicos, siempre bajo la supervisión de un farmacéutico responsable y garantizando un traslado seguro.

El decreto autoriza a las farmacias a vender, además de los medicamentos, productos destinados a la higiene o estética, así como aquellos con propiedades profilácticas, desinfectantes o insecticidas, siempre bajo el control de la Autoridad de Aplicación en Salud Pública.

El texto destaca la necesidad de fijar condiciones para el expendio de medicamentos que garanticen un trato justo y veraz de la información, asegurando la libertad de elección sin comprometer el derecho a la salud. Se basa en el artículo 42 de la Constitución Nacional, que protege los derechos de los consumidores a la información, seguridad y trato equitativo.

El decreto también menciona la importancia de conservar las propiedades fisicoquímicas de los medicamentos, y otorga a la Autoridad de Aplicación la facultad de establecer requisitos adicionales para garantizar esta conservación.

Este cambio regulatorio busca optimizar la comercialización de medicamentos, diferenciando claramente entre los de venta libre y los que requieren receta, para mejorar las condiciones de acceso y seguridad para los consumidores.

Decreto 1024/2024

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