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Es ley proyecto de Orciani y Ciancio que mejora el sistema de adjunciones notariales

Es ley proyecto de Orciani y Ciancio que mejora el sistema de adjunciones notariales

La novedad es la modificación de un artículo de la ley 6896 que establece que, en caso de muerte, incapacidad o renuncia por jubilación del titular, el adjunto se desempeñe como regente interino hasta que el registro se titularice.

Este jueves 15 de junio, la Cámara de Senadores de Santa Fe convirtió en ley el proyecto presentado por las legisladoras Georgina Orciani y Silvia Ciancio (bloque UCR-Evolución encabezado por Maximiliano Pullaro), en donde se establece la reforma del artículo 24 de la Ley N° 6896 y sus modificaciones, mejorando de esta forma al sistema de adjunciones notariales en la provincia.

Consultada al respecto, la diputada Orciani explicó que anteriormente para poder acceder al ejercicio de la función notarial por parte de los postulantes a la adjunción, se requería presentarse al concurso de oposición y antecedentes, con idénticas condiciones a las establecidas para el acceso a la titularidad de un registro notarial. “Pero, aun así, esto perdía valor después de logrado, ya que una vez que el profesional ganaba el concurso para ser escribano adjunto y trabajaba durante años junto al titular, cuando éste se jubilara o falleciera no sólo perdía su puesto laboral, sino también todo el esfuerzo aportado y debía presentarse nuevamente a un concurso sin que se considere su trayectoria”, dijo.

Orciani, aclaró que “esta situación, en la práctica era una completa injusticia que debía ser superada. Asimismo, aseguró que “esta modificación a la Ley Notarial impide que la matricula sea hereditaria respondiendo a un reclamo de los colegios de escribanos, pero sobre todo responde ante los jóvenes profesionales que, en caso de cese por cualquier causa del titular, desarrollaban el trabajo hasta el próximo concurso, momento en el que perdían por completo su estabilidad laboral”.

“La modificación a la actual redacción supera esta situación de completa incertidumbre de los adjuntos”, agregó.

En la misma línea la diputada Ciancio aseguró: “Esta modificación coloca en el lugar que merece cada adjunto, superando la constante situación de inestabilidad para su permanencia en el ejercicio de la función notarial”.

En este orden, recordó que la modificación que hoy es ley sigue exigiendo un concurso Inicial, pero no lo desmerece posteriormente, valora la experiencia y conocimientos adquiridos, sin transformar la matricula en «hereditaria”.

“Un concurso de adjunción con todos sus requisitos y cargas, mas 5 años como mínimo de práctica y servicio de adjunción sin sanciones es más que suficiente para el otorgamiento de la matricula” cerró.

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