Provinciales

En Santa Fe los menores no podrán tatuarse sin permiso

Se logró media sanción un proyecto de ley que regula la actividad de los tatuadores, así como de quienes realizan perforaciones cutáneas.

Con la prohibición para los menores de 18 años (salvo expreso consentimiento de los padres) un proyecto de ley aprobado por unanimidad por el Senado provincial regula la realización de tatuajes, perforaciones para piercings, la micropigmentación y otros similares.

La norma impulsada por Eduardo Rosconi (PJ-Lealtad-Caseros), que ya había sido aprobada por la Cámara alta santafesina en 2017 fue derivada solo a la comisión por la que deben pasar todos los proyectos de ley antes para ser incorporados al Orden del Día: Asuntos Constitucionales y Legislación General. La iniciativa recibió la unanimidad hace cuatro años entre los senadores pero perdió estado parlamentario en Diputados.

Rosconi busca una regulación de la actividad, mediante 17 artículos, entre los que se destaca la prohibición de que menores de edad puedan ser tatuados o se coloquen broches o piercings sin el consentimiento expreso y por escrito de sus padres.

El texto espera poder prevenir y proteger la salud de las personas que se someten a estas técnicas, y de controlar la actividad y las personas que la realizan. Sin los cuidados necesarios, como el material debidamente esterilizado, «se pueden introducir bacterias y virus en la sangre, incluyendo los virus de la hepatitis B y C o el virus (VIH) que causa el SIDA», explica el legislador en sus fundamentos.

«Podemos citar como riesgos y posibles consecuencias de los tatuajes: dolores, infecciones o reacción alérgica, cicatrices gruesas (queloides) e introducción de bacterias y virus en la sangre, incluyendo los virus de la hepatitis B y C que pueden causar hepatitis crónica y cáncer de hígado, o el VIH», siguen los considerandos.

Para mayores edad

El senador afirma que «es posible que la persona se arrepienta y quiera quitar el tatuaje con tanta intensidad como se deseó en un principio, lo cual implicará nuevos riesgos: aplicación de métodos, cirugías, técnicas con láser. Sin embargo, no siempre es posible eliminarlo por completo», advierte a la hora de argumentar en favor de la prohibición a los menores de edad.

Indica que «el piercing o perforación consiste en perforar con agujas u otros instrumentos punzantes la piel, mucosas u otros tejidos, para colocar en la abertura obtenida una pieza de joyería u otro objeto decorativo en partes del cuerpo muy variadas. No es una técnica exenta de riesgos, sino que los efectos indeseados son frecuentes: hemorragias, inflamaciones e infecciones bacterianas, alergias, cicatrices y deformidades permanentes».

La práctica ha ocasionado «traumatismos y desgarros, por arrancamiento, roce o presión, más frecuentes en la lengua, ombligo, pezones, labios y genitales», que los adultos deberían conocer antes de someterse a esas técnicas prácticas.

Aunque menos frecuente que en el caso de los tatuajes, con el piercing o perforación existe posibilidad de infección por los virus de la hepatitis B y C o del VIH. Además, la colocación de piercing en la boca puede provocar lesiones en las encías, producción excesiva de saliva o bien fisuras, astillas y otros daños en los dientes al morder involuntariamente el adorno. La perforación en la lengua puede producir pérdida permanente de sensibilidad y del sentido del gusto, y dificultad para hablar si se lesiona un nervio», advierte.

Rosconi pide controles al Estado para garantizar que «el ciudadano que decide someterse a estas prácticas, las mismas tengan las mínimas condiciones de higiene, sanidad y seguridad, respecto de la persona que lo realiza, el lugar, los elementos, materiales y herramientas utilizadas».

Explica que todo el material que se utilice «debe ser esterilizado y preferiblemente desechable». Para tatuajes «las agujas y tintas de un solo uso». Para perforaciones «una aguja estéril de un solo uso que con una pistola de piercing». Todos los instrumentos que se utilicen deben estar esterilizados y guardados en envases estériles hasta su uso.

«El profesional debe lavar bien sus manos y ponerse guantes quirúrgicos que serán nuevos cada vez y que llevará siempre puestos. No deberá tocar nada más que el propio material y la zona del cuerpo donde trabaja», indica la norma.

Condiciones de salubridad

Cualquier técnica de decoración corporal que perfore la piel, puede poner en riesgo la salud de las personas. Las posibles consecuencias pueden ir desde «pequeñas lesiones o infecciones en la zona, hasta graves enfermedades infecciosas».

La iniciativa identifica al Ministerio de Salud como la autoridad de aplicación de la ley propuesta y tendrá entre sus atribuciones: «implementar cursos de capacitación de carácter obligatorio para los tatuadores y perforadores; otorgar las licencias para realizar la actividad; crear un registro de tatuadores, perforadores y de los centros habilitados; ejercer el control de la actividad; y aplicar las sanciones respectivas».

La ley en debate extiende la prohibición de tatuar o perforar «a personas alcoholizadas o bajo efecto visible de sustancias tóxicas», además de los menores de edad.

Los tatuadores no podrán «ingerir alcohol o fumar durante la práctica» y se prohíbe además «la práctica ambulante de tatuajes y punciones». «Todo sujeto que desee realizarse cualquier práctica de las contempladas en la presente Ley, deberá firmar el consentimiento informado».

Los menores de edad podrán someterse a la realización de tatuajes o piercings «con autorización expresa y por escrito con firma certificada del padre, madre o tutor que deberán presentarse, acompañando la respectiva documentación que acredite el vínculo».

Fuente: El Litoral

 

 

 

Últimas noticias

Subir