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Descuentos en la tarifa del Gas: Cómo se aplicará en 72 localidades de Santa Fe

Será para consumos registrados a partir del 5 de agosto. Las rebajas fueron otorgadas por la Ley Nacional que amplía «las zonas frías».

Los clientes residenciales de Litoral Gas de 72 localidades de Santa Fe serán alcanzados por el descuento del 30% en las tarifas de acuerdo a la Ley Nacional que establece ese beneficios por zona fría. De acuerdo a lo establecido por la norma número 27.637, las rebajas serán sobre la factura final, pero en el caso de los usuarios inscriptos en Anses como beneficiarios de tarifa social, la deducción llegará al 50%.

José María González, gerente de Relaciones Públicas de la empresa prestadora del servicio, confirmó que además de las poblaciones santafesinas también están incluidas en los descuentos “el cien por ciento de las localidades de la provincia de Buenos Aires que están dentro del área de concesión de Litoral Gas. Es decir, el 80 por ciento de los clientes residenciales de la compañía tendrán ese descuento. En algunos casos será del 30 por ciento, pero podrá ser del 50 para aquellos clientes que estén inscriptos en Anses como beneficiarios de tarifa social”.

González precisó que los descuentos “operan a partir del 6 de agosto. Todos los consumos que se registren a partir del 5 de agosto ya tendrán esta reducción. Esto regirá por diez años. No será sólo por los meses de invierno. Será todos los meses por diez años. Es decir que este beneficio finaliza en diciembre de 2031”.

El ejecutivo de Litoral Gas remarcó además que el trámite de acogimiento de esos beneficios “es automático, no hay que hacer ninguna diligencia. Sí, los clientes que consideren que están en situación de vulnerabilidad, pero ese procedimiento es ajeno a Litoral Gas, sino a través del Enargas (Ente Nacional Regulador del Gas) o de la ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social). Los clientes podrán consultar en la página web de la empresa (www.litoral-gas.com.ar) donde está explicado claramente cuáles son las localidades alcanzadas por esta ley y todo lo que tiene que ver con la información respecto a posibilidad o no de tener una bonificación más importante por tener tarifa social”.

González contó que los períodos de facturación tienen una lectura inicial y una final. “Aquel cliente que tenga una lectura inicial el 5 de agosto y lectura final el 5 de octubre, por ejemplo, tendrá el descuento pleno. Con lo cual, en la próxima factura seguramente tendrá una leyenda que dice está alcanzado o no por el subsidio de la ley por tarifa por zona fría 27.637 y en el talón inferior de factura dirá si ya está recibiendo parcialmente el descuento o si lo recibirá en las próximas facturas”.

«En este caso es un subsidio cruzado. La ley 25.585 de tarifas por zonas frías fue la que se amplió con la 27.637. En aquella norma había clientes subsidiados por un componente que tiene el precio del gas del sistema de transporte que era del 4,6 por ciento. Ese componente aumentó al 5, 6 por ciento. Con ese valor, se subsidian a clientes de la Patagonia, de Malargüe (Mendoza) y de La Puna (Jujuy). Esta última ley amplía a localidades de las provincias de Buenos Aires, Santa Fe y otras como Córdoba. Se aumenta un poco ese cargo en el precio del gas y con ese fondo se subsidia todos los descuentos que hacen a los clientes residenciales. El Estado no pone valores para subsidiar clientes. De la ciudad de Santa Fe hacia el norte, los clientes no tienen subsidios”, subrayó González.

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