Provinciales

Revocan fallo que objetó operativos de saturación

Un camarista rechazó el criterio de un juez, que había declarado ilegales esas acciones dispuestas por el Ministerio de Seguridad de la provincia.

La Cámara Penal de Venado Tuerto revocó la resolución de un juez de primera instancia que declaraba ilegales los operativos de saturación policial ordenados por el Ministerio de Seguridad en esa ciudad, al considerar que, al realizar detenciones sin justo motivo, la libertad ambulatoria de los habitantes quedaba bajo amenaza.

El camarista Juan Pablo Lavini Rosset dispuso «dejar sin efecto» la decisión tomada inicialemente, según consignó el portal de noticias Venado 24. No obstante exhortó al jefe de policía a cargo de la Unidad Regional VIII para que se de cumplimiento al artículo 10 de la ley orgánica policial, donde se establecen las funciones policiales, «pudiendo restringir la libertad personal sólo cuando hubiere sospecha o indicios ciertos respecto de personas que pudieran relacionarse con la preparación o comisión de un hecho ilícito, debiendo registrarse tales elementos indiciarios en las actas respectivas».

Este caso se inició en marzo pasado cuando el juez Benjamín Revori aceptó un hábeas corpus planteado a partir de privaciones de libertad en operativos de saturación en Venado Tuerto y Firmat y concretados por la Unidad Regional VIII de policía. El incidente ocurrió el 7 de septiembre del año pasado, cuando durante uno de esos operativos dos mujeres, locutoras de una radio venadense, trataron de filmar con el celular la detención de tres hombres en el lugar.

«Supuesta perturbacíon»

Efectivos policiales las advirtieron y les exigieron su identificación. Ante la no exhibición de la credencial de periodistas, fueron invitadas a retirarse pero ante preguntas periodísticas sobre el operativo terminaron detenidas y trasladadas a una comisaría. Según el acta, «se dejó constancia de una supuesta perturbación que no existió porque el procedimiento siguió normalmente, según se podía apreciar en las imágenes obtenidas del sistema de videovigilancia en funcionamiento», indicó entonces el abogado Ignacio Blanc Codina, que patrocinó el hábeas corpus.

Esa resolución del juez Revori fue cuestionada por el ministro de Seguridad de la provincia, Máximiliano Pullaro. «La política de seguridad de un gobierno democrático las toma el poder Ejecutivo, por lo tanto la decisión del juez nos parece inadmisible. Vamos a apelar y seguiremos con todas las acciones de prevención del delito», sostuvo Pullaro.

La discusión

La apelación fue sostendia por el fiscal Eduardo Lago, Ezequiel Brocchi en representación del Ministerio de Seguridad y Alberto Aimo apoderado del gobierno provincial. El fiscal Lago en la audiencia sostuvo que si bien se valora la actitud ciudadana de señalar errores en la implementación de los operativos policiales, le resultaba una desmesura «considerar amenazada nada menos que la libertad ambulatoria de todos los ciudadanos de Venado Tuerto, en base a argumentos de tono más emocional e ideológicos que vinculados a la realidad». Pablo Cococcioni, que representó a la cartera de Seguridad, afirmó que el Ministerio es la autoridad que debe velar por las eventuales correcciones que deban hacerse a nivel provincial y no en el acolado ámbito territorial de la competencia de un distrito.

El abogado Blanc Codina, presentante del habeas corpus, solicitó en contrapartida la confirmación de la resolución de primera instancia por ajustarse a derecho.

Ante eso el camarista Lavini Rosset decidió «dejar sin efecto» la decisión tomada en primera instancia y confirmó por consecuencia»el rechazo de la acción de habeas corpus».

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