La Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe ha convertido en ley, por unanimidad, la iniciativa del Senador Felipe Michlig para la creación del “Programa de Apoyo a la Infraestructura de Clubes Santafesinos”. Este programa tiene como objetivo brindar asistencia técnica y financiera en materia de infraestructura y equipamiento a los clubes ubicados en la provincia de Santa Fe.
El presidente provisional del cuerpo, Felipe Michlig, destacó la importancia de esta ley, señalando que “en la provincia existen 1.543 clubes vinculados al deporte amateur”. Michlig subrayó la necesidad de que Santa Fe adopte una política de estado para sostener esta red de socialización y contención, y afirmó que esta ley será la herramienta para avanzar en ese sentido.
Aval del Gobernador
El Senador Michlig mencionó que había discutido este tema con el gobernador Maximiliano Pullaro, quien le dio su aval para la presentación de la iniciativa. “El gobernador coincide con el espíritu de la gestión, teniendo como una de las principales metas poner en valor a los clubes, de manera equitativa y con un principio federal. A través de las actividades deportivas se forman mejores ciudadanos y se fortalecen los valores altruistas, al igual que otras instituciones como la familia y la escuela”, indicó Michlig.
Esfuerzo y compromiso
Michlig también reconoció el esfuerzo de los directivos de los clubes, padres, madres y profesores para sostener las actividades deportivas. “En cada barrio, en cada pueblo hay un club, y eso es lo que explica el éxito del deporte argentino que, en múltiples disciplinas, se destaca a nivel mundial”, fundamentó el senador, quien contó con el acompañamiento de sus pares Germán Giacomino y Orfilio Marcón.
Objetivos del Programa
El artículo 2 del proyecto enumera los objetivos del programa en favor de los clubes ubicados en la provincia de Santa Fe, que incluyen:
- Brindar asistencia técnica para la elaboración de proyectos de infraestructura y/o equipamiento deportivo.
- Brindar asistencia financiera para la ejecución de proyectos de infraestructura.
- Brindar asistencia financiera para la compra de equipamiento deportivo.
- Brindar asistencia técnica y financiera vinculada exclusivamente a la práctica deportiva y a la regularización administrativa de los clubes, incluyendo la contratación de recursos humanos.
- Brindar asistencia técnica para la regularización dominial de los inmuebles que utilicen los clubes.
- Brindar asistencia técnica para la regularización de los derechos de uso sobre los inmuebles utilizados.
- Brindar asistencia financiera para atender necesidades derivadas de situaciones de emergencia climática.
- Brindar asistencia para el alquiler de inmuebles destinados a las prácticas deportivas y para contratar transportes de delegaciones deportivas.
La ley aclara que la infraestructura y equipamiento deportivo mencionados serán de pequeña y mediana escala, conforme a los parámetros que defina la Autoridad de Aplicación.
Otras Disposiciones
La ley establece las distintas funciones de la autoridad de aplicación y los requisitos que deberán acreditar los clubes interesados para ser parte del programa. Podrán acceder al programa aquellas asociaciones civiles y/o entidades sin fines de lucro con domicilio en la provincia de Santa Fe en las que se practiquen disciplinas deportivas y que acrediten los requisitos enumerados.
Las instituciones beneficiadas deberán realizar una rendición de cuentas exhaustiva que comprenda los aspectos físicos y financieros, cumpliendo con los requisitos previstos por la normativa vigente y cualquier otra que establezca la Autoridad de Aplicación.
La ley también regula el procedimiento de presentación de solicitudes, evaluación y seguimiento. En el caso de solicitudes de financiamiento para la ejecución de proyectos de infraestructura o la compra de equipamiento deportivo, deberán ser acompañadas del respectivo proyecto técnico elaborado con el grado de detalle que establezca la Autoridad de Aplicación.
Comisión de Seguimiento
El artículo 7 de la ley crea la Comisión de Evaluación y Seguimiento del Programa de Apoyo a la Infraestructura de Clubes Santafesinos, que estará integrada por:
- Los integrantes del Consejo Provincial del Deporte (COPRODE) previsto en el artículo 4 de la Ley N° 10544 y modificatorias.
- Tres representantes del Poder Ejecutivo.
- Tres representantes de la Cámara de Senadores nominados por simple mayoría de senadores presentes y sujetos a remoción por idéntico procedimiento.
- Tres representantes de la Cámara de Diputados nominados por simple mayoría de diputados presentes y sujetos a remoción por idéntico procedimiento.
- Tres representantes de las Federaciones con Personería Jurídica que posean la representación de clubes deportivos en la provincia.
La participación de los integrantes de esta comisión será de carácter no remunerativo. Una vez constituida, la comisión elegirá sus propias autoridades y aprobará su reglamento interno. Las funciones de la comisión incluyen resolver sobre la admisibilidad de solicitudes, sugerir criterios para la categorización de proyectos, y proponer mejoras en los procedimientos de presentación y diligenciamiento de solicitudes.
Registro Digital Público
La ley también establece que la Autoridad de Aplicación creará un registro de todas las solicitudes atendidas en el marco del programa. Este registro se instrumentará en una plataforma digital con acceso público vía web y deberá contener, como mínimo, la siguiente información:
- Datos de la asociación civil o entidad sin fines de lucro solicitante.
- La solicitud presentada.
- La resolución de admisibilidad.
- Contenido de la atención brindada.
- Proyecto técnico, en caso de corresponder.
- Monto otorgado, en caso de asistencia financiera.
- Rendición de cuentas efectuada por la asociación civil o entidad beneficiaria.
Con la creación de este programa, la provincia de Santa Fe da un paso significativo hacia el fortalecimiento de los clubes deportivos, reconociendo su papel fundamental en la formación de ciudadanos y en la promoción de valores altruistas.